Preguntas Frecuentes Becas

Beca de ingreso por excelencia académica: consiste en la exoneración total del pago de aranceles referidos a créditos, durante el primer cuatrimestre de la carrera a los estudiantes que culminaron su secundaria con un promedio de presentación a las pruebas de Bachillerato o su equivalente según las políticas de admisión, igual o superior a 38 y con una nota de 9 o más en todas las materias que se establecen en el promedio de presentación.

Beca de honor: consiste en la exoneración total del pago de aranceles referidos a créditos a los tres mejores promedios de cada carrera en cada Sede, quienes además deben cumplir con los siguientes requisitos:

a) Matricular el bloque de materias correspondiente a su nivel, en cualquiera de las siguientes circunstancias:

i) Total de créditos de cada ciclo lectivo correspondientes al plan de estudios de la carrera matriculada

ii) Mínimo de 12 créditos de diferentes ciclos lectivos de la Carrera o 10 créditos para el caso de los planes dosificados en franja horaria nocturna.

b) Para el caso de los estudiantes que se encuentren cursando el ciclo introductorio, se considerará la nota de presentación de bachillerato

c) Obtener un promedio ponderado final igual o superior a nueve siempre en el cuatrimestre tras anterior a su matrícula y cuando todas las materias matriculadas en ese ciclo lectivo tengan una nota igual o superior a nueve

d) Las materias aprobadas por suficiencia y tutorías son consideradas para los efectos de otorgamiento de Beca de Honor, en la obtención del Promedio Ponderado del ciclo lectivo correspondiente. En el caso de que el promedio ponderado obtenido quede en fracción igual o superior a 0.5, se redondeará al número superior.

La beca de honor será aplicada en la misma carrera en la que el estudiante la ganó.

Beca por participación en grupos institucionales oficiales de representación estudiantil de cultura, deporte y recreación: A los estudiantes que participen en grupos institucionales oficiales que ostenten la representación, se les otorga la exoneración total del pago de aranceles referidos a créditos, para ello deben cumplir con los siguientes requisitos:

a) Mostrar una asistencia regular de al menos tres meses antes de adjudicada la beca

b) Cumplir con una asistencia de al menos el 80 % de los ensayos o entrenamientos del grupo y a un 100 % de las presentaciones, competencias y diferentes eventos programados, con excepción de las causadas por motivos de fuerza mayor comprobable y debidamente justificadas ante el encargado del grupo

c) Matricular al menos nueve créditos en el primer cuatrimestre que gozan de la beca y aprobar al menos nueve créditos en el cuatrimestre tras anterior a su matrícula para continuar gozando de la beca, para lo estudiantes de los planes dosificados en franja horaria nocturna, el mínimo de créditos a matricular y aprobar para gozar de esta beca será seis.

Beca por participación en actividades de interés institucional: A aquel estudiante que participe en alguna actividad que haya sido declarada por el Consejo Universitario, la Rectoría o la Vicerrectoría de Vida Estudiantil como de interés institucional y que no pertenezca a un grupo de representación, se le otorgará para el cuatrimestre siguiente al de su participación, una beca de estímulo correspondiente a la exoneración del 60 % del pago de aranceles referidos a créditos.

Beca por representación estudiantil en órganos colegiados: Tendrán derecho a beca por representación estudiantil y gozar de la exoneración total del pago de aranceles referidos a créditos los siguientes estudiantes:

a) Los representantes estudiantiles titulares ante el Consejo Universitario

b) Los representantes titulares ante Consejos de Sede y Consejo Técnico del Centro de Formación Pedagógica y Tecnología Educativa

c) Los representantes titulares ante los Consejos Asesores de Carrera y ante el Tribunal Electoral Universitario

d) El representante estudiantil ante el Comité para el análisis del Presupuesto de Becas y Beneficios Estudiantiles

e) Cinco miembros de la Junta Directiva de la Federación de Estudiantes de la Universidad, debidamente inscritos ante la Vicerrectoría de Vida Estudiantil, en cumplimiento del artículo 49 del Estatuto Orgánico de la Universidad

f) Cinco miembros de la Junta Directiva de las Asociaciones de Estudiantes de la Sede, debidamente inscritos ante la Decanatura de la Sede

Para el goce de la beca, los integrantes de estos órganos deben cumplir de manera obligatoria con la asistencia a las sesiones, a excepción de casos debidamente justificables. La Vicerrectoría de Vida Estudiantil en coordinación con las instancias correspondientes debe establecer los procedimientos necesarios para el control de asistencia.

Beca por representación estudiantil para suplentes en órganos colegiados: Los representantes suplentes tienen derecho a disfrutar de la beca por representación estudiantil en órganos colegiados y deben cumplir de manera obligatoria con la asistencia a las sesiones ante la ausencia del representante titular, a excepción de casos debidamente justificables. Los porcentajes de exoneración de las becas de representación para suplentes corresponden de la siguiente manera:

a) 100% exoneración del pago de aranceles referidos a créditos a suplentes del Consejo Universitario, Consejo de Sede, Consejo Técnico del Centro de Formación Pedagógica y Tecnología Educativa, Tribunal Electoral Universitario y Comité para el análisis del Presupuesto de Becas y Beneficios Estudiantiles

b) 50% exoneración del pago de aranceles referidos a créditos a suplentes de los Consejos de Carrera

**En caso de que el estudiante curse en forma simultánea varias carreras y de igual forma participe en diversos grupos de representación o ejerza como representante estudiantil, tendrá derecho a aplicar la beca de estímulo a las carreras correspondientes, en el entendido de que cada beca de estímulo puede ser aplicada en una única carrera.

Vigencia de la beca socioeconómica y de los beneficios estudiantiles asociados a la beca en el nivel de diplomado y bachillerato: El periodo de vigencia de la beca socioeconómica y de los beneficios estudiantiles se extiende desde el momento en que le es adjudicado al estudiante y durante un periodo máximo de ocho cuatrimestres consecutivos. Para los estudiantes que cursen los planes dosificados en franja horaria nocturna el periodo de vigencia de la beca será de once cuatrimestres consecutivos.

En el último cuatrimestre de vigencia de la beca, los estudiantes deberán efectuar el proceso de revalidación según las fechas y procedimientos establecidos. La beca y los beneficios estudiantiles serán otorgados desde la resolución de la revalidación hasta un período máximo de cinco cuatrimestres consecutivos.

En caso de que el estudiante realice solicitud de beca o de algún beneficio estudiantil por primera vez en el grado de Bachillerato, la vigencia de la beca será desde la resolución de adjudicación hasta un máximo de cinco cuatrimestres consecutivos.

Si el estudiante no realiza el proceso de revalidación en el último periodo de vigencia correspondiente, la beca se dará por vencida.

Vigencia de la beca socioeconómica y de los beneficios estudiantiles en el grado de licenciatura: Si el estudiante requiere que se le dé continuidad a su beca o beneficios estudiantiles para el grado de Licenciatura, deberá realizar la solicitud de revalidación durante el decimotercer cuatrimestre de vigencia de su beca, según los procedimientos y periodos calendarizados institucionalmente por parte de la Vicerrectoría de Vida Estudiantil. En este caso, la beca y los beneficios estudiantiles son otorgados desde la resolución hasta un período máximo de cuatro cuatrimestres consecutivos o la obtención del grado de Licenciatura, lo que ocurra primero. En caso de que el estudiante realice solicitud de beca o de algún beneficio estudiantil por primera vez para el grado de Licenciatura, la vigencia de la beca es desde la resolución de adjudicación hasta un máximo de cuatro cuatrimestres consecutivos o hasta la finalización del plan de estudios correspondiente, lo que ocurra primero. Si el estudiante no realiza el proceso de revalidación en el decimotercero cuatrimestre de vigencia de su beca, la beca se dará por vencida.

Los y las estudiantes pueden recuperar la beca en el momento en que aprueben la totalidad de los créditos que hayan matriculado en el cuatrimestre tras anterior a su matrícula, siempre que sean como mínimo 9 créditos, o 6 créditos para el caso de los planes dosificados de diplomado en franja horaria nocturna.

Para recuperar los beneficios estudiantiles, el estudiante deberá realizar la solicitud de reactivación de beneficios mediante los procedimientos y periodos calendarizados por la Vicerrectoría de Vida Estudiantil.

Para gozar de cualquier tipo de beca, el estudiante deberá matricular al menos 9 créditos o 6 créditos para el caso de los planes dosificados de diplomado en franja horaria nocturna, del plan de estudios de la carrera en la que goza la beca el primer cuatrimestre que recibe el beneficio y aprobar al menos nueve créditos en el cuatrimestre tras anterior a su matrícula para continuar disfrutando de alguna categoría de beca.

Los estudiantes que matriculen dos carreras simultáneas podrán aplicar la beca socioeconómica en una sola carrera y en la otra carrera podrán optar por una beca de estímulo.

Categoría de Beca

Porcentaje de Exoneración del Pago de Créditos

Tiempos de alimentación

Porcentaje de Exoneración del Pago de Residencias

Ayuda Económica Ordinaria

Apoyo Residencial Estudiantil

1

20%

No Aplica

No Aplica

No Aplica

No Aplica

2

40%

No Aplica

40%

No Aplica

No Aplica

3

60%

Un máximo de 8 tiempos de alimentación al mes

60%

No Aplica

Correspondiente al 60% del monto fijado para este beneficio

4

80%

Un máximo de 12 tiempos de alimentación al mes

80%

*

Correspondiente al 80% del monto fijado para este beneficio

5

100%

Tiempos correspondientes a su horario lectivo por mes

100%

*

Correspondiente al 100% del monto fijado para este beneficio

* Derecho de solicitud del beneficio estudiantil 

La beca y beneficios complementarios pueden inactivarse (no aplicar) por diversas razones:

  • No cumplir el mínimo de créditos a matricular.
  • Deserción y/o Abandono de cursos en el cuatrimestre trasanterior.
  • Reprobación de cursos en el cuatrimestre trasanterior..
  • Retiro de cursos.
  • Resultado de un proceso de revisión, por ejemplo, mediante una revalidación o revaloración de la beca.

Por ende, si por pérdida de créditos o revaloración de la beca el o la estudiante pierde su categoría de beca quedando en una menor, perderá el beneficio complementario de acuerdo a lo señalado en el Reglamento del Sistema de Becas y Beneficios Estudiantiles.

De manera temporal y respondiendo a las condiciones presupuestarias de la Universidad, la asignación de nuevas becas socioeconómicas corresponderá únicamente a la exoneración total o parcial en el pago de los aranceles de matrícula según lo normado. Asimismo, el otorgamiento de las becas socioeconómicas se encontrará sujeto a la disponibilidad presupuestaria.

Becas socioeconómicas: Consiste en la exoneración total o parcial en el pago de aranceles referidos a costos de créditos, según su situación socioeconómica.

Becas de estímulo: Consiste en la exoneración total o parcial en el pago de aranceles referidos a costos de créditos, otorgadas como estímulo a la excelencia académica, así como a la participación de los estudiantes en diversas actividades y grupos de interés institucional.

La persona aspirante a ingresar a la UTN o los/las estudiantes regulares de la institución, tienen derecho a realizar la solicitud de beca socioeconómica, según las regulaciones establecidas en este Reglamento del Sistema de Becas y Beneficios Estudiantiles. Para ese fin, el estudiante debe cumplir con los procedimientos y plazos definidos por las instancias correspondientes según lo dispuesto en este Reglamento.

No podrán solicitar beca socioeconómica las personas que presenten alguna de las siguientes condiciones:

a) Contar con un título previo emitido por otra universidad, sea este de pregrado o grado

b) Poseer una beca socioeconómica otorgada por una universidad estatal al momento de hacer la solicitud.

El trámite de solicitud de beca socioeconómica, sólo puede realizarse una única vez por persona, a excepción de los siguientes casos:

 a) Personas que solicitan la beca y no ingresan a la universidad.

 b) Personas que realizan el trámite y la solicitud es denegada.

 c) Personas que aplican la beca únicamente por un máximo de dos cuatrimestres, retirándose y solicitando admisión a una nueva carrera, una vez que ya ha vencido el periodo de vigencia de su primera beca